El BOE de 17 de septiembre de 2014 publica la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa, en cuyo art. 23 se modifica el art. 32 de la Ley del Deporte, implantando la conocida como Licencia Deportiva Única, que entrará en vigor el 1 de julio de 2015.
A partir de la indicada fecha, sólo puede expedirse con carácter general licencia deportiva única por las federaciones territoriales, y únicamente cuando éstas no lo hagan, por los motivos tasados por la Ley, en los supuestos de inexistencia de federación autonómica, imposibilidad material, cuando así se determine por la propia federación autonómica, o cuando la federación autonómica no se hallare integrada en la federación estatal, la expedición de licencias será asumida por la federación correspondiente de ámbito estatal.
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